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Foto del escritorRuben Fuertes

¿Al colegio sin pañal? ¿Es legal?


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¿Al colegio sin pañal? ¿Es legal?

Es una norma interna de muchos centros educativos pero, ¿es legal?

En breve, los centros educativos abrirían sus puertas en las próximas semanas para recibir las visitas de los padres que buscan un colegio para sus pequeños. Uno de las principales preocupaciones a la hora de buscar cole cuando se incorporan con 3 años es si deben tener afianzado el control de esfínteres. Para empezar comenzaré esta entrada del blog comentando que el respeto a los ritmos madurativos de cada niño es uno de los pilares en el currículo oficial del Estado.


El control de esfínteres es un proceso madurativo

Es importante señalar que el control de esfínteres es un hito en el desarrollo del niño con una importante base fisiológica. Es decir, su adquisición no depende la voluntad del niño o niña, ni de la ayuda que les podamos prestar los adultos, ni la educación que estén recibiendo. Se trata, por el contrario, de un proceso que el niño logra de manera autónoma, cuando está preparado para ello. Para que haya un control de esfínteres, es necesaria una suficiente maduración fisiológica (para adquirir el control de los músculos de los esfínteres), también debe haber una maduración cognitiva (es decir que entienda el proceso) y, por último, una maduración psicológica y emocional. Dicho proceso no entiende de calendarios escolares, ni tampoco hay una estación del año mejor que otra para dejar el pañal. Muchos padres se sientes presionados para forzar este proceso durante el verano anterior al inicio del cole de sus pequeños en P3. Sin embargo, no se trata de un aprendizaje, sino de una MADURACIÓN. Forzar este proceso no solo no es aconsejable, si no que es contraproducente. Para detectar el momento os dejo enlazado un video sobre cuando “dejan el pañal”.


El pañal se deja no se quita

«¿El niño controla sus esfínteres?». Es una pregunta recurrente durante las jornadas de puertas abiertas de los coles. «Aquí respetamos el ritmo individual pero a la escuela tienen que venir sin pañal”, otro clásico. Aunque la ley no dice que sea obligatorio llevar al niño sin pañal al cole (lo veremos a continuación), aunque algunos centros educativos lo añaden a su normativa interna. Cuando visites un cole, es importante saber cómo gestiona el cole este proceso y cómo abarca el tema. Pero, ¿qué dice la Ley?.


Pañal y escolarización, ¿qué dice la ley educativa?

Podríamos decir que hay tres niveles a tener en cuenta. Primero está la LOMCE o ley vigente a nivel estatal que regula todos los ciclos educativos, luego hay un segundo nivel donde cada comunidad autónoma tiene competencia para adaptar los contenidos a su contexto, y, por último, cada centro educativo elabora su propio proyecto educativo (Proyecto Educativo de Centro, PEC) así como su normativa interna. Dicho esto, ni el PEC, ni la normativa del centro, pueden contradecir lo que dice la ley. Y, ¿Qué dice la LOMCE en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo? Que se debe “garantizar la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación”; además establece que “la educación ha de actuar como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad”.

Además, “la educación ha de ser flexible y adecuarse a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimenta el alumnado y la sociedad”.

“En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal.”

Es importante destacar que la educación infantil tiene un carácter voluntario y su finalidad es la de “contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños” (Cap. de la Ley, art 12).

Uno de los uno de los objetivos de esta etapa es “el conocimiento del propio cuerpo así como la adquisición progresiva de la autonomía en sus actividades habituales” (Art.13). Es decir la LOMCE en sus primeros capítulos TUMBA la norma no escrita de que “al cole hay que ir sin pañal”, porque va contra la igualdad de oportunidades, de la inclusión educativa, de la no discriminación, de la flexibilidad y de la atención a las necesidades del alumnado.

Por su parte, el Real DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre establece las enseñanzas mínimas del Segundo ciclo de Educación infantil. El curriculum se orienta a lograr un desarrrollo integral en los distintos planos: físico, motórico, emocional, afectivo, social y cognitiva. Habla de un “proceso de adquisición de hábitos, de usar los medios adecuados del cuidado del propio cuerpo y del entorno y de que todo este proceso se dé en un ambiente generador de bienestar” y de autonomía personal. “Realizar autónomamente y con iniciativa actividades habituales para satisfacer necesidades básicas, consolidando progresivamente hábitos de cuidado personal, higiene, salud y bienestar.”

En resúmen, no hay ninguna ley que diga que los niños o niñas deban controlar los esfínteres para entrar en el segundo ciclo de Educación Infantil. Y no sólo eso, sino que con lo expuesto NO ES LEGAL que exijan o prohíban llevar a nuestros hijos a P3 con pañal y no se puede discriminar a un niño o excluirlo del sistema educativo por no controlar esfínteres; tampoco es lícito ni razonable.


No es un problema del niño, es falta de infraestructura

No hay ninguna medida pedagógica que legitime esta imposición entonces, ¿a qué se debe esta medida? Única y exclusivamente a la falta de infraestructuras y personal. En la mayoría de las aulas alegan que no hay cambiador y que el profesorado no dispone de auxiliares que puedan echarles una mano en este tipo de tareas. Pero en cualquier caso, es responsabilidad del centro educativo gestionar y buscar recursos para subsanar esta situación, puesto que permitir que un niño quede “apartado” en un estado “antihigiénico”, mojado o con heces significaría un mal trato y pudiera denunciarse tanto a la inspección educativa como al organismo competente precisamente por tratarse de un acto discriminatorio y que atenta contra su dignidad.

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